viernes, 17 de julio de 2015

Certificado Sanitario Exportación para productos alimenticios

A la atención Empresas Exportadoras de Alimentos:

Para poder exportar a terceros países productos alimenticios destinados a consumo humano las empresas deben acreditar que el alimento es apto para el consumo y cumple la reglamentación sanitaria correspondiente. El documento justificativo es el Certificado Sanitario de Exportación.

A continuación explicaremos las diferencias entre los distintos certificados sanitarios que se deben expedir para la exportación de alimentos a terceros países extracomunitarios. 

Documento de No Intervención:

Este documento (que se presenta a la Aduana) se utiliza en los casos en que la empresa quiera exportar, sin ninguna certificación de la Administración, por lo tanto, la mercancía se envía bajo la exclusiva responsabilidad del exportador. Es posible en los casos en que el por el tipo de producto no se precisa intervención o cuando la mercancía ya ha sido certificado por algún otro servicio veterinario oficial.

Certificado Sanitario de Exportación Genérico (Verde):

El Certificado Sanitario de Exportación Genérico se podrá utilizar en los casos de exportación de alimentos cuando no exista un modelo de certificado acordado con el país de destino de la mercancía y cuando no haya ninguna restricción. Este certificado se envía al país de destino.

Certificado Sanitario de Exportación Específico (ASE):

El Certificado Sanitario de Exportación ASE es específico por producto y país de destino. Para poder verificar qué Certificado se precisa en cada caso se puede acceder a la información a través de la web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (website: cexgan.magrama.es)